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Jurisprudencia

Serie de imágenes diferentes del Dr. Arturo Canga en su despacho

ESTADO DE ANSIEDAD DE UNA TRABAJADORA: ACCIDENTE LABORAL

Fecha: 01/06/2020

Recurso de suplicación de 24/04/2020

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Palencia que declaró accidente laboral una baja por ansiedad derivada de una mala relación con un compañero de trabajo. La sentencia da la razón a una trabajadora de la empresa.

La sentencia da por probada la existencia de un conflicto laboral con un compañero que no realiza sus tareas con la consiguiente carga de trabajo para la operaria cuando se incorpora a su turno. Este hecho, provocó una discusión entre ambos justo el mismo día del inicio de la baja por incapacidad Temporal (IT). También se da por probado que cuando se preveía la reincorporación de la trabajadora, la empresa, en vez de intentar que se solucionara el problema, pretendió "una conversación conjunta" lo que generó una situación de estrés que hizo imposible la reincorporación hasta más tarde.

Según el tribunal, la referencia del diagnóstico que se contiene en el parte de baja, ansiedad, generalmente tiene origen común. Sin embargo, por el relato de los hechos y la proximidad de loa acontecido con el compañero incumplidor y la baja, cabe concluir que la contingencia es profesional. Se rechazan los recursos que se presentaron a la sentencia de primera instancia que iba en el mismo sentido que la que ahora dicta el TSJ.


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DETERMINACIÓN DE CONTINGENCIA